Gobierno Nacional de Panamá
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Programa Nacional para el Estudio y Uso Medicinal del Cannabis y sus Derivados (PNEUCAM)

Ubicación y dependencia jerárquica

El Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Salud Pública, es la autoridad competente para desarrollar el Programa Nacional para el Estudio y Uso medicinal del Cannabis y sus derivados (PNEUCAM), adscrito al Departamento de Enfermedades No Transmisibles.
Misión:
  1. Organizar los procesos relacionados con el uso medicinal del cannabis en el tratamiento de distintas patologías, con la finalidad de atender las necesidades de los pacientes, mediante la coordinación intra y extra sectorial de los actores involucrados en este tema.
  2. Emprender acciones de promoción y prevención orientadas a garantizar el derecho a la salud.
  3. Promover medidas de concientización dirigidas a la población en general.
  4. Establecer lineamientos y guías adecuadas de asistencia, tratamiento y accesibilidad.
  5. Promover el acceso a los productos derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al programa.
  6. Desarrollar evidencia científica sobre diferentes alternativas terapéuticas a problemas de salud que no abordan los tratamientos médicos convencionales.
  7. Investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados en la terapéutica humana.
  8. Establecer la eficacia para cada indicación terapéutica, que permita el uso adecuado y el acceso al tratamiento.
  9. Conocer los efectos secundarios del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, establecer la seguridad y las limitaciones para su uso, promoviendo el cuidado de la población en su conjunto.
  10. Propiciar la participación e incorporación voluntaria de pacientes que presenten las patologías que las autoridades de salud determinen y/o el profesional médico indique, de sus familiares, quienes podrán aportar su experiencia, conocimiento empírico, vivencias y métodos utilizados para su autocuidado.
  11. Proveer asesoramiento y seguimiento del tratamiento a la población afectada que participe del programa.
  12. Contribuir a la capacitación continua de profesionales de la salud en todo lo referente al cuidado integral de las personas que presentan las patologías involucradas, a la mejora de su calidad de vida y al uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.
Funciones:
  1. Elaborar, recomendar y dar seguimiento a planes y proyectos de salud, orientados al cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional para el Estudio y Uso Medicinal del Cannabis y sus Derivados.
  2. Fortalecer la coordinación institucional, la cooperación internacional y la comunicación en el desarrollo de acciones dirigidas al uso medicinal del cannabis y sus derivados.
  3. Gestionar la integración de un módulo de atención de pacientes que utilicen el Cannabis Medicinal en los expedientes electrónicos de pacientes, que facilite el registro y seguimiento de pacientes usuarios de cannabis medicinal.
  4. Proponer las características del registro de pacientes usuarios de cannabis medicinal, incluidos los criterios para el registro de acompañante autorizado.
  5. Identificar y proponer estrategias de intervención para el control y uso racional del cannabis medicinal y sus derivados a la Dirección general de Salud Pública, ente que los compartirá con el Consejo Técnico del Cannabis medicinal.
  6. Presentar un informe anual del desarrollo del Programa Nacional para el Estudio y Uso medicinal del Cannabis y sus derivados a la Dirección general de Salud Pública, quien compartirá dicho informe con el Consejo Técnico del Cannabis medicinal.
  7. Coordinar con las instancias pertinentes los procesos de prescripción y seguimiento clínico relacionados con el uso del cannabis medicinal y sus derivados
  8. Coordinar con la Dirección de Promoción de la Salud el desarrollo de actividades de educación dirigidas a los pacientes y a la población sobre el uso del cannabis medicinal y sus derivados.
  9. Coordinar con el Departamento de Formación y Capacitación de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, la realización de jornadas de capacitación relacionadas al uso de cannabis medicinal dirigidas a los médicos y personal de la salud.
  10. Dar seguimiento a la aplicación de medidas de protección y seguridad de la información conforme a los dispuesto en la normativa vigente, que regula los derechos y obligaciones de los pacientes, en materia de información y de decisión libre e informada para preservar la confidencialidad del registro de paciente usuario de cannabis medicinal.
  11. Coordinar con enfoque multidisciplinario los planes, programas y estrategias que contribuyan a educar a la población sobre el uso del cannabis para fines medicinales, terapéuticos y de investigación.
  12. Confeccionar formularios necesarios para el funcionamiento del Programa (registro de paciente, acompañante autorizado, certificación de paciente, etc.)
  13. Cualquier otra función que la normativa vigente establezca.