Gobierno Nacional de Panamá
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Comunicado

Jueves, 12 de Marzo de 2026

A los profesionales de las ciencias de la salud, quienes el Consejo Técnico de Salud Pública, les otorgó idoneidad para el libre ejercicio de su profesión, en el periodo comprendido del 12 de mayo de 2020 al 11 de abril de 2023, mediante la Resolución No. 17 de 8 de mayo de 2020, la cual quedó sin efecto por la Resolución No. 06 de 30 de marzo de 2023, se les reitera que deben cumplir con lo establecido en el artículo tercero de la citada resolución, cuyo tenor es el tenor siguiente:

"ARTICULO TERCERO: ADVERTIR, a los peticionarios que realizaron solicitudes por correo electrónico, que deben presentar los documentos auténticos a fin de retirar la idoneidad original en la oficina de la Secretaría del Consejo Técnico de Salud Pública.

A partir de la fecha no se recibirán solicitudes por correo electrónico. Los trámites deberán completarse con el retiro del original; se deberá cancelar el impuesto de timbres fiscales y derecho respectivo ante la Sección de Tesorería del Ministerio de Salud".

Los médicos que obtuvieron la idoneidad provisional durante el periodo de la pandemia covid-19, deberán cumplir con el Artículo Séptimo de la Resolución No. 15 de 6 de abril de 2020, cuyo texto señala:

"ARTÍCULO SÉPTIMO: Los profesionales que hayan obtenido sus idoneidades mediante el proceso especial regulado en esta Resolución, una vez concluya el Estado de Emergencia Nacional, deberá presentarse a la Secretaría del Consejo Técnico de Salud, para obtener el documento original y cumplir con el pago de los derechos e impuestos respectivos, así como los documentos originales y una copia de estos para cotejo".

Panamá, 11 de marzo de 2026.