Se reactiva operación de embarcaciones del transporte internacional
El Ministerio de Salud (Minsa), informa que a partir del 24 de agosto empieza a regir el Decreto N° 829 que deroga el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 472 de marzo de 2020 y ordena la reactivación en puertos, atracaderos, áreas de anclajes y marinas del territorio nacional.
Además, se establece la operación de embarcaciones dedicadas al transporte internacional de pasajeros, tales como cruceros, minicruceros, naves de gran calado, yates, mega yates, yates de uso comercial o cualquier otra embarcación marítima.