DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE SALUD
UBICACIÓN Y DEPENDENCIA JERÁRQUICA
La Dirección de Infraestructura de Salud está ubicada en el Nivel de
Apoyo y depende jerárquicamente del Despacho Superior.
Objetivo
1. Garantizar que la planta física de las infraestructuras de salud que
comprende edificaciones, equipos industriales y biomédicos y obras
sanitarias estén en condiciones adecuadas para la provisión de
servicios de atención a la población y al ambiente y de salud pública.
Funciones
1. Asesorar y presentar información oportuna y periódica al Despacho Superior en materia de su competencia.
2.
Coordinar con la Dirección Nacional de Políticas de Salud en la
definición de políticas sanitarias relativas a las condiciones que
deben reunir la infraestructura y equipamiento de las instalaciones de
salud.
3. Coordinar con la Dirección Nacional de Políticas de Salud en la formulación y evaluación del presupuesto de inversión.
4. Garantizar que los proyectos incorporados al presupuesto de inversión cumplan con los requisitos técnicos y legales vigentes.
5.
Dirigir la elaboración de protocolos para la formulación de proyectos
de inversión, que se sustenten en la normativa vigente a nivel del
Estado.
6.
Impulsar el proceso de descentralización relativo a la construcción,
rehabilitación, mantenimiento y equipamiento de las instalaciones de
salud.
7.
Coordinar con los diferentes niveles de la organización la ejecución de
los proyectos de infraestructura y obras sanitarias garantizando la
aplicación de las normas vigentes de diseño de ingeniería y
arquitectura, que incluya los aspectos de mitigación para obras de
desastre.
8.
Promover y apoyar la actualización del inventario de tierras
legalizadas y no legalizadas, instalaciones, equipos y obras sanitarias
del Ministerio de Salud.
9.
Apoyar la formulación y ejecución de programas de conservación,
mantenimiento y desarrollo de la red de infraestructura sanitaria a
nivel central, regional y local.
10.
Orientar la implementación de planes de mantenimiento preventivo y
correctivo de las instalaciones de salud, los equipos industriales y
biomédicos, servicios esenciales de agua potable, pozos, acueductos y
obras de saneamiento, a fin de conservar la calidad material y
funcional para asegurar la eficiencia en la utilización de dichas
instalaciones y obras sanitarias.
11.
Promover el uso de tecnologías apropiadas para minimizar los impactos
negativos al aire, suelo y agua por afluentes líquidos, sólidos y
gaseosos de instalaciones de salud.
12. Dirigir el diseño del protocolo para el levantamiento del catastro de la infraestructura de salud.
13.
Dirigir la actualización y preparación periódica del catastro de toda
la red de servicios públicos de salud, según su condición y
categorización por niveles de atención y complejidad de la red de
servicios, en todo el territorio nacional.
14.
Asesorar a los diferentes niveles de la organización en el descarte de
equipo biomédico, considerando sus condiciones y vida media, según
especificaciones y normas técnicas existentes.
15.
Asesorar técnicamente a las Direcciones correspondientes del Ministerio
de Salud en todos los niveles, a través de los conductos regulares y a
otros organismos externos del sector salud, sobre aspectos relativos a
la programación y planeamiento de las instalaciones de salud y obras
sanitarias.
16.
Colaborar en la aprobación por el Consejo Técnico de Salud todos los
proyectos de las nuevas instalaciones de salud gubernamentales y del
sector privado y verificar si están de acuerdo con las normas
establecidas por el Código Sanitario y sus reglamentos.
17.
Impulsar la aplicación de las normas de seguridad de instalaciones y
equipamiento en la red de servicios de salud, según las normas y
disposiciones vigentes.
18.
Controlar y supervisar, en conjunto con los equipos de las oficinas
regionales de infraestructura, el proceso de construcción de los
proyectos de las instalaciones de salud y otras obras sanitarias, a
nivel nacional.
19.
Coordinar con la Dirección Nacional de Políticas de Salud, la
elaboración y adecuación de los instrumentos y procedimientos, para el
registro, flujo y análisis de información actualizada, sobre los
aspectos del sistema de infraestructura sanitaria de ingeniería y
mantenimiento (SIDIS).
20. Monitorear el Sistema de Información de Infraestructura Sanitaria de Ingeniería y Mantenimiento (SIDIS).
21.
Promover la capacitación sistemática y constante, del equipo de salud
basada en la evidencia científico-técnica existente en materia de
infraestructura de salud y obras sanitarias para garantizar la
provisión de servicios de atención integral de la población y del
ambiente y de salud pública.
22. Cualquier otra función que se le asigne de acuerdo al ámbito de su competencia.
Organización Interna
La Dirección de Infraestructura de Salud para el cumplimiento de sus
funciones, cuenta con las siguientes unidades administrativas:
-
Departamento de Arquitectura
-
Departamento de Inspecciones
-
Departamento de Obras de Agua Potable y Sanitarias
-
Departamento de Ingeniería y Mantenimiento de Infraestructura
-
Departamento de Mantenimiento de Equipo Biomédico
Relaciones Internas
La Dirección de Infraestructura de Salud mantiene relaciones directas
con las unidades administrativas bajo su dependencia y con el resto de
las unidades administrativas del Ministerio.
Relaciones Externas
La Dirección de Infraestructura de Salud mantiene relaciones directas
con unidades administrativas homólogas o equivalentes de Entidades del
Sector Salud y otras Entidades Gubernamentales, a través del Despacho
Superior.